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Mostrando entradas de septiembre, 2018

Libro: Constitución y democracia, 1a. reimp.

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Autor: Diego Valadés  El cambio constitucional exige imaginación, pero también prudencia. Platón, tan afecto al recurso del mito para hacer más comprensibles sus argumentos, alude a la inversión de los ciclos que hacen que el universo gire en sentidos opuestos de manera alternativa (El político, trad. de Patricio de Azcárate, Madrid, Medina y Navarro, 1872). Ilustra, así, acerca de la naturaleza fluente del poder. El momento más difícil, advierte, se produce cuando está terminando el ciclo y empezando otro. El cambio no es sencillo, porque antes de iniciarse el sentido inverso del movimiento hay un instante en el que todo se detiene, que desencadena devastadores efectos porque se experimentan “mil fenómenos sorprendentes y nuevos”. Sabemos, por supuesto, que las cosas no necesariamente son así, pero sí existen riesgos y dificultades que es indispensable superar. En los momentos de cambio alguien pierde y alguien gana. Todas las fuerzas buscan maximizar sus ventajas y minim

Libro: El valor de la Constitución normativa

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Autora:  Mora Donatto, Cecilia Judith La autora señala que pretende con este ensayo es reflexionar sobre lo que hemos denominado el valor de la Constitución como la norma fundamental de cualquier ordenamiento. Destacando el conjunto de características y garantías que hacen de la Constitución un documento excepcional y sin precedente en la evolución del Estado. Nuestra finalidad es, simplemente, motivar al inquieto lector que tenga a bien deslizar su mirada sobre estas líneas, a que conozca una manera distinta de ver y entender a la norma fundamental. Dicha visión de la Constitución viene discutiéndose desde hace algún tiempo en la doctrina europea y entre los especialistas de la materia.  Descarga por capítulos  ( Descarga aquí PDF) CONTENIDO Preliminares  ( Descarga aquí PDF) Introducción  ( Descarga aquí PDF) I. Universalización de la Constitución escrita  ( Descarga aquí PDF) II. La Constitución como norma fundamental  (PDF) III. La fuerza normati

Lecturas sobre Lógica y Argumentación Jurídica

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LECCIÓN I: Lógica y argumentación jurídica Lecturas obligatorias: ATIENZA, M., Cap. I, “Derecho y argumentación”, Las razones del Derecho, Universidad Autónoma de Méjico, 3ª reimp. 2005, pp. 1-28.   ( http://info5.juridicas.unam.mx/libros/2/710/5.pdf ) ATIENZA, M., “Argumentación jurídica” en AA.VV. en El Derecho y la justicia , ed. de E. Garzón Valdés y F. Laporta, Trota, Madrid 1996. Lecturas complementarias: ATIENZA, M., “Lógica jurídica” en Introducción al Derecho, Club Universitario, Madrid, 1998, pp. 304-333. LECCIÓN II: La decisión jurídica Lecturas obligatorias: ASÍS ROIG, R. de, “La interpretación y la aplicación del Derecho” en PECES-BARBA, G. y otros, Curso de Teoría del Derecho, Marcial Pons, Madrid, 2005. ASÍS ROIG, R. de, “Hechos y calificación” en el Juez y la motivación en el Derecho, Dykinson, Madrid, 2005, pp. 80-82. Lecturas complementarias: BARRANCO, M.C., “Sobre el método jurídico tradicional como ficción” en El Derecho en Re

Razonamiento jurídico

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    Por: Manuel Atienza Hay, en principio, dos maneras de entender la expresión “razonamiento jurídico”: como una aplicación de la noción general de razonamiento (cualquiera que esta sea) al campo específico del Derecho; o como un tipo de razonamiento con características propias y cuya comprensión y manejo exigen un tratamiento diferenciado.       Esta última opinión está muy difundida entre los juristas y, de alguna manera, ha sido también la   sustentada por los autores a los que puede considerarse como precursores (en los años 50 del siglo pasado) de la teoría contemporánea de la argumentación jurídica. Lo que, en términos generales, vienen a decir es que el razonamiento jurídico no es un tipo de razonamiento deductivo. Así, Viehweg defendió la idea de que lo peculiar del razonamiento jurídico se encuentra en la noción tradicional de tópica; y la tópica no sería un ars iudicandi , una técnica referida al paso de las premisas a las conclusiones, sino un ars inveniendi , volca

Savigny con tinta indeleble: no se trata tanto de a quién se cita sino para qué se hace

Por Enrique Sotomayor Trelles, abogado por la PUCP y miembro del Centro de Estudios de Filosofía del Derecho y Teoría Constitucional.  Uno de los problemas más fascinantes del derecho civil patrimonial peruano debe ser el de la naturaleza jurídica de nuestro sistema de transferencia de propiedad inmueble, regulado –entre otras disposiciones normativas– en el artículo 949 del Código Civil. La belleza y economía de lenguaje de la fórmula legislativa recuerda, por momentos, a aquella discreta elegancia de una ecuación matemática: “La sola obligación de enajenar un inmueble determinado hace al acreedor propietario de él, salvo disposición legal diferente o pacto en contrario.” Y sin embargo, cuántas cabezas han rodado en su interpretación. Se dice que la disposición del artículo 949 CC fue importada a la legislación civil peruana desde el derecho francés, y que ello generó un problema –traducido en la metáfora gráfica de Frankenstein– al interactuar con disposiciones de proveniencia